La falta de actualización en Ganancias y Bienes Personales aumentó desproporcionadamente la presión fiscal sobre asalariados de ingresos medios y altos. IERAL
Por: Marcelo Capello y Alejandra Marconi
En un ambiente inflacionario en que no existe actualización periódica automática de los parámetros nominales que definen los montos a pagar por determinados impuestos (quedan sujetos a ajustes discrecionales en oportunidad y cuantía por parte de funcionarios), existirán fuertes oscilaciones en el peso real que adquieren los tributos sobre los presupuestos familiares o empresariales. Ello, sumado al efecto de las subas de precios, vuelve también menos previsible a los ingresos reales de bolsillo de los trabajadores (después de pagar impuestos sobre sus ingresos).
El caso más debatido en Argentina lo constituye el impuesto a las Ganancias en su cuarta categoría. Ante tal situación, cuando se discuten anualmente salarios, el aumento final de las remuneraciones ya no solo depende de la demanda de sindicatos y propuestas de representantes de empresas, sino también de la decisión (o no) del gobierno de ajustar los parámetros del impuesto correspondiente.
Sin embargo, también existe otro impuesto en similar situación, que no ha suscitado el mismo nivel de debate. El gravamen sobre los Bienes Personales fue ajustado en su estructura (mínimo no imponible y escalas) en 2007 y se ha mantenido constante desde entonces, mientras que el valor nominal de los inmuebles se ha triplicado. Así, de acuerdo a los parámetros vigentes y a los valores de mercado promedio de los inmuebles, quien adquiera un espacio de alrededor de 28mts2 ya se contraría gravado por el mencionado tributo.
De esta forma, el efecto conjunto de no ajuste por inflación en ambos impuestos ha ido incrementado la presión tributaria sobre los trabajadores a lo largo de los últimos 15 años, incluso cuando tanto el poder adquisitivo como el patrimonio se ha mantenido constante.
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