04/10/2010

TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL NUEVO SEGURO COLECTIVO DE VIDA OBLIGATORIO RESOLUCIÓN Nº 35.333/2010 -Superintendencia de Seguros de la Nación-

A partir del 1º de Enero de 2011 los empleados en relación de dependencia serán beneficiarios de un nuevo seguro de vida colectivo obligatorio. Los empleadores deberán presentar la Declaración Jurada y abonar dicho seguro con iguales formalidades, plazos y condiciones que para el pago de los aportes y contribuciones a la seguridad social, utilizando el aplicativo Sicoss. Se debe tener en cuenta que cuando el empleador informe y abone el monto del premio sin haber contratado una póliza con una aseguradora, no contará con cobertura automática en el seguro. Conforme lo establece el Artículo 2º de la norma comentada, quedan excluidos los trabajadores rurales permanentes amparados por la Ley Nº 16.600 y los trabajadores contratados por un término menor a un mes.

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  • 708-Ve-BO-Res35333-TrabajoyPrevSocial-04-10-10.pdf Descargar