Trabajo Agrario - Nuevo Régimen Legal - Ley Nº 26.727 y Decreto Nº 258/2011
Síntesis: Por medio de la presente Ley se establece un nuevo Régimen de Trabajo Agrario, que deroga al régimen anterior regido por la Ley Nº 22.248. El nuevo cuerpo normativo esta compuesto por catorce Títulos en los cuales se legisla: Título I: Disposiciones Generales (Art. 1 al 10), Título II: Del Contrato de Trabajo Agrario en General (Art. 11 al 15), Título III: Modalidades Contractuales del Trabajo Agrario (Art. 16 al 23), Título IV: De la Vivienda, Alimentación y Traslado (Art. 24 al 31), Título V: De la Retribución del Trabajador Agrario (Art. 32 al 39), Título VI: De la Jornada de Trabajo y el Descanso Semanal (Art. 40 al 44), Título VII: De la Seguridad y los Riesgos en el Trabajo (Art. 45 al 49), Título VIII: De las Licencias (Art. 50 al 53), Título IX: Prohibición del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente (Art. 54 al 64), Título X: De la Promoción del Empleo de los Trabajadores Temporarios (Art. 65 al 71), Título XI: De la Capacitación y Formación Profesional (Art. 72 al 77), Título XII: Del Régimen de la Seguridad Social (Art. 78 al 83), Título XIII: De los Órganos Tripartitos del Régimen de Trabajo Agrario (Art. 84 al 98), Título XIV: De la Autoridad de Aplicación y Otras Disposiciones (Art. 85 al 110).
Entre las modificaciones establecidas se prevé la aplicación supletoria de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744; tres modalidades contractuales, Contrato de Trabajo Agrario Permanente de Prestación Continua, Contrato de Trabajo Temporario, y Trabajador Permanente Discontinuo; Régimen de Seguridad Social con posibilidad de jubilarse los trabajadores con 57 años de edad y 25 años de servicios con aportes; se elimina el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE), y se crea en su lugar un Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA), dependiente del Ministerio de Trabajo; entre otras importantes modificaciones.
Además se prevé en su Artículo 109 que el Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en el plazo de sesenta días de su promulgación, lo cual nos brindará mayores certezas sobre la forma de implementación del nuevo régimen; oportunidad en que ampliaremos la información. Efectos Sobre el Acopio: Muy Importante. Normas Relacionadas: Ley Nº 22.248.
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