22/12/2010

TRABAJO AGRARIO LICENCIA ESPECIAL RESOLUCIÓN Nº 91/2010 -Comisión Nacional de Trabajo Agrario-

Se fija una licencia especial paga de un día por año calendario para todos los trabajadores, permanentes y no permanentes, del Régimen Nacional de Trabajo Agrario - Ley Nº 22.248 para la realización de exámenes urológicos. El trabajador que haga uso de la licencia tendrá derecho a recibir el haber que le hubiese correspondido recibir durante dicho día; los trabajadores permanentes podrán hacer uso de la licencia a partir de los noventa días de iniciada la relación laboral, en tanto que los trabajadores no permanentes a partir de los treinta días de iniciada la relación laboral, hayan o no trabajado de manera continua. Los trabajadores deberán presentar a su empleador la constancia médica que acredite la realización de los estudios dentro de los cinco días hábiles de realizado el mismo.

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  • 719-Ve-BO-Res91-10-TrabajoAgrario-22-12-10.pdf Descargar