12/05/2009

TRABAJO A TIEMPO PARCIAL FORMAS Y ALCANCES DE SU APLICACIÓN RESOLUCIÓN Nº 381/2009 -Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social-

Se dispone que en aquellas actividades en donde se utilizan, conjunta o alternadamente, modalidades contractuales laborales a tiempo parcial y modalidades contractuales laborales con jornada reducida, las partes convencionales pertinentes deberán determinar, a través de la negociación colectiva, las formas y alcances de su aplicación, incluyendo el porcentaje máximo de trabajadores a tiempo parcial que se desempeñará en cada establecimiento y las posiciones laborales que, por las características particulares de la prestación, quedarán encuadradas en la tipología de jornada reducida.

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  • 635-Ve-BO-Res381-TbjoTiempoParcial-12-05-09.pdf Descargar