10/09/2014

Sistema Integrado Previsional Argentino - Ley Nº 26.970 - Decreto Nº 1.556/2014

Síntesis: Se dispone que los trabajadores autónomos inscriptos o no en el Sistema Integrado Previsional Argentino, y los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, que hayan cumplido a la fecha o cumplan la edad jubilatoria prevista en el Artículo 19 de la Ley Nº 24.241 dentro del plazo de dos años desde la vigencia de la presente, podrán regularizar sus deudas previsionales conforme el régimen especial que se instituye.
Efectos Sobre el Acopio: De interés general.
Normas Relacionadas: Ley Nº 24.241.

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