10/02/2011

SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO COEFICIENTES DE ACTUALIZACIÓN RESOLUCIÓN Nº 58/2011 -Administración Nacional de la Seguridad Social-

Se aprueban los coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los afiliados que hubiesen prestado tareas en relación de dependencia, cesados a partir del 28 de Febrero de 2011 o que continúen en actividad a partir del 1º de Marzo de 2011. El valor de la movilidad correspondiente al mes de Marzo de 2011 se fija en 17,33%, quedando la base imponible mínima establecida en $ 427,06 y la máxima en $ 13.879,25, a partir del devengado Marzo de 2011. También se establecen los haberes mínimos y máximos garantizados vigentes a partir del 1º de marzo de 2011 en $ 1.227,78 y $ 8.994,95 respectivamente y el importe de la Prestación Básica Universal prevista en el Artículo 19 de la Ley Nº 24.241 se fija en la suma de $ 580,06.

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  • 726-Ve-BO-Res58-RemuneracionMensual-10-02-11.pdf Descargar