SEGURO DE VIDA COLECTIVO PARA EL PERSONAL RURAL
SE FIJA EL MONTO DEL CAPITAL ASEGURADO
RESOLUCIÓN Nº 294/2009
-Ministerio de Economía y Finanzas Públicas-
El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas fija en la suma de $ 9.000 el monto del capital asegurado por persona, del Seguro de Vida Colectivo para el Personal Rural establecido por la Ley Nº 16.600.