Salario Mínimo Vital y Móvil - Aclaración entrada en vigencia - Resolución Nº 3/2011
Síntesis: El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil por medio de la presente Resolución precisa que el último incremento establecido por la Resolución Nº 2/2011 tendrá efectos para los haberes correspondientes al mes de Agosto a partir de su publicación en el Boletín Oficial (30/8/2011). Efectos sobre el acopio: De interés general. Normas relacionadas: Resolución Nº 2/2011.
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Salario Mínimo Vital y Móvil - Aclaración entrada en vigencia - Resolución Nº 3/2011
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