10/04/2013

Riesgos del Trabajo - Resolución 564/2013

Síntesis: Habiendo sido reemplazado el Módulo Previsional (MOPRE) como unidad de referencia en las disposiciones legales y reglamentarias vigentes por el artículo 13 de la ley 26417 (movilidad de las prestaciones previsionales) por una determinada proporción (33%, según el art. 15, D. 1694/2009) del haber mínimo garantizado ($ 2.165 a partir de marzo de 2013), se establece dicho haber en la suma de $ 714,45.
Recordamos que el artículo 32 de la ley 24557 (riesgos del trabajo) determina que el incumplimiento por parte de los empleadores autoasegurados, de las aseguradoras de riesgos del trabajo y de las compañías de seguros de retiro de las obligaciones a su cargo será sancionado con una multa de 20 a 2.000 AMPOS (posteriormente sustituido por el MOPRE), si no resultare un delito penado más severamente.
Efectos Sobre el Acopio: De interés general.
Normas Relacionadas: Leyes Nº 24.557, Nº 24.241, Nº 26.417, los Decretos Nº 833/1997, Nº 1.694/ 2009, Resolución(A.N.S.E.S.) Nº 30/2013.

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