RIESGOS DEL TRABAJO
PRESENTACIONES ANTE LAS COMISIONES MÉDICAS Y SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
DISPOSICIÓN Nº 2/2011
-Superintendencia de Riesgos del Trabajo-
Se reglamentan las presentaciones que pueden hacerse ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, estableciéndose que el trámite que se inicie ante las Comisiones Médicas y las Oficinas de Homologación y Visado de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo puede ser presentado en forma personal, por el trabajador o derechohabiente en cualquiera de las sedes de dichas dependencias; el trámite puede ser iniciado por los ascendientes y descendientes, cónyuges, colaterales por consanguinidad, unidos por unión civil, convivientes o curadores del trabajador. Además, el trabajador o derechohabiente que inicie el trámite ante las Comisiones Médicas vía postal, deberá acompañar en el envío, junto con la documentación requerida, una certificación de su domicilio expedida por autoridad competente.