15/11/2011

Remuneración Personal de Trabajo Doméstico - No Aplicable a la Provincia de Córdoba - Resolución Nº 1.350/2011

Síntesis: Se fija a partir del 1º de Noviembre de 2011 para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7.979/56, Reglamentario del Decreto Ley Nº 326/1956 del Servicio Doméstico, las remuneraciones mensuales mínimas que se establecen en el Anexo que forma parte integrante de la presente. La adecuación salarial dispuesta será de aplicación en todo el territorio de la Nación, con excepción de aquellas provincias que legislen en forma particular sobre la materia, como el caso de la Provincia de Córdoba.
Efectos sobre el acopio: De interés general.
Normas relacionadas: Decreto Nº 7.979/56, Decreto Ley Nº 326/1956.

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