06/10/2010

RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL APORTES Y CONTRIBUCIONES RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.929/2010 -Administración Federal de Ingresos Públicos-

Se dispone que a partir del mes del período devengado Enero 2011, los empleadores obligados al pago del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio establecido por el Decreto Nº 1.567/1974 a efectos de la determinación e ingreso de éste deberán utilizar el programa aplicativo "Sistema de Cálculos de Obligaciones de la Seguridad Social" (SICOSS, ex SIJP). También se aprueba la "release" 1 de la versión 34 del programa aplicativo "Sistema de Cálculos de Obligaciones de la Seguridad Social" (SICOSS, ex SIJP), para la determinación nominativa e ingreso de los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social con vigencia a partir del período devengado Octubre 2010 y siguientes, que deberá ser utilizado por los sujetos mencionados en el párrafo anterior. De igual modo, deberá ser utilizado por aquellos empleadores que abonen a uno o más trabajadores, individualmente remuneraciones iguales o superiores a $ 1.000.000 para determinar nominativamente e ingresar los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social. Los demás empleadores podrán utilizarlo en forma optativa. Las disposiciones de la presente Resolución General entran en vigencia a partir del día de la fecha.

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  • 708-Ve-BO-ResGral2929-10-SegSocial-06-10-10.pdf Descargar