RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
APORTES Y CONTRIBUCIONES
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.929/2010
-Administración Federal de Ingresos Públicos-
Se dispone que a partir del mes del período devengado Enero 2011, los empleadores obligados al pago del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio establecido por el Decreto Nº 1.567/1974 a efectos de la determinación e ingreso de éste deberán utilizar el programa aplicativo "Sistema de Cálculos de Obligaciones de la Seguridad Social" (SICOSS, ex SIJP).
También se aprueba la "release" 1 de la versión 34 del programa aplicativo "Sistema de Cálculos de Obligaciones de la Seguridad Social" (SICOSS, ex SIJP), para la determinación nominativa e ingreso de los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social con vigencia a partir del período devengado Octubre 2010 y siguientes, que deberá ser utilizado por los sujetos mencionados en el párrafo anterior.
De igual modo, deberá ser utilizado por aquellos empleadores que abonen a uno o más trabajadores, individualmente remuneraciones iguales o superiores a $ 1.000.000 para determinar nominativamente e ingresar los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social.
Los demás empleadores podrán utilizarlo en forma optativa.
Las disposiciones de la presente Resolución General entran en vigencia a partir del día de la fecha.