Plan Nacional de Regularización del Trabajo - Planes de Pago por Multas - Resolución Nº 22/2013
Síntesis: Se realizan modificaciones relativas al procedimiento aplicable a los planes de pago por multas, dejándose sin efecto la resolución (ST) 975/2011.
Entre los puntos relevantes, mencionamos:
* Los planes de pago por multas cuyo monto no supere la suma equivalente a veinte veces el valor mensual del Salario Mínimo, Vital y Móvil, vigente al momento del otorgamiento del respectivo plan de pagos, serán autorizados por los delegados regionales y por el Director de Inspección Federal en sus respectivos ámbitos jurisdiccionales. El número total de cuotas no podrá ser superior a veinticuatro (24);
* La voluntad a acogerse al presente régimen debe manifestarse por el interesado con anterioridad al inicio de la ejecución judicial de la multa impuesta;
* La falta de pago de cualquiera de las cuotas importará la mora automática, sin necesidad de interpelación previa, y la caducidad de los plazos otorgados en el plan de pago. Lo expuesto hará inmediatamente exigible el saldo adeudado más sus intereses;
* El cálculo de los intereses se efectuará mediante el sistema francés de amortización.
Fuente: Errepar
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