OBRAS SOCIALES
CÁLCULO DE APORTES Y CONTRIBUCIONES
DECRETO Nº 330/2010
Se dispone que para el cálculo de los aportes y contribuciones de obra social en los términos de las Leyes Nº 23.660 y Nº 23.661, se tomará como base el equivalente a dos bases mínimas de las previstas por el Artículo 7º de la Resolución Nº 135/2009 de la Administración Nacional de la Seguridad Social o la que la reemplace en el futuro.