Síntesis: A través del Acuerdo de fecha 16 de Mayo de 2013 se establece un incremento salarial no remunerativo del 24 % de las escalas vigentes de las remuneraciones del CCT Nº 130/75 (Comercio “Rama General”). El mencionado incremento se aplicará, en forma no remunerativa y no acumulativa, de la siguiente manera; un 14 % a partir del mes de Mayo de 2013 y un 10 % a partir del mes de Noviembre de 2013, bajo las condiciones que se detallan en el acuerdo de referencia. Efectos Sobre el Acopio: De interés para aquellas empresas que tengan trabajadores encuadrados como empleados de comercio “Rama General”. Normas Relacionadas: Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.