18/08/2011

Empleados de comercio. Rama Cerealera. Incremento Salarial Junio/2011 - Julio/2011

Síntesis: Por medio del presente acuerdo se establece un incremento no remunerativo de un 15% a partir del mes de Julio de 2011, un 8% a partir del mes de Octubre de 2011, y un 7% a partir del mes de Diciembre de 2011, en forma no acumulativa (totalizando un 30%), para el personal que se desempeña en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 para los empleados de comercio "Rama Cerealera".
Efectos sobre el acopio: De interés específico.
Normas relacionadas: Ley Nº 20.744, CCT. 130/75.

Descargar documentos

  • Incremento Salarial Junio/2011 - Julio/2011 Descargar