Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios - Resolución Nº 423/2014
Síntesis: Se reglamenta el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios, en el cual deberán inscribirse todos los productores pecuarios del país con independencia de la cantidad de animales que posean, y para todos los productores agrícolas de frutas, hortalizas y material de propagación; de plantas ornamentales, aromáticas, florales, industriales y forestales; productores de oleaginosas, cereales y otras no especificadas anteriormente, independientemente del título por el cual detentan la tierra en que desarrollan su actividad y cualquiera sea el sistema de producción utilizado. Efectos Sobre el Acopio: De interés específico. Normas Relacionadas: Resolución Nº 249/2003, Disposición Conjunta Nº 41 y Nº 1/2008.
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