Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios - Resolución N° 350/2020
Síntesis:
Se establece que la actualización para el año 2020 se realizará excepcionalmente en forma automática para aquellos inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios que cumplan las siguientes condiciones: declaren realizar “tipo de actividad agrícola”; se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de la Agricultura Familiar y cuya inscripción o última actualización se haya realizado entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre de 2019.