Síntesis: Se declara de interés público la agricultura familiar, campesina e indígena por su contribución a la seguridad y soberanía alimentaria, por practicar y promover sistemas de vida y de producción que preservan la biodiversidad y procesos sostenibles de transformación productiva. Además se crea el Régimen de Reparación Histórica de la Agricultura Familiar con la finalidad prioritaria de incrementar la productividad, seguridad y soberanía alimentaria y de valorizar y proteger al sujeto esencial de un sistema productivo ligado a la radicación de la familia en el ámbito rural, sobre la base de la sostenibilidad medioambiental, social y económica. Efectos Sobre el Acopio: De interés general.