Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Resolución General N° 19/2016
Síntesis: Se modifica el Artículo 3° de la Resolución General N° 84/2002 de la Comisión Arbitral, estableciéndose que integrarán el universo de responsables del SIRCAR aquellos agentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que hayan sido designados por las jurisdicciones adheridas o que tramiten su adhesión al Sistema, realizando los trámites que dispongan las normas locales dictadas a estos efectos así como de la Resolución General N° 77/01 de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, a través del sitio www.sircar.gov.ar, e ingresando para su identificación la Clave Única de Identificación Tributaria y la Clave Fiscal otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos. Efectos Sobre el Acopio: De interés general. Normas Relacionadas: Resolución General N° 84/2002.
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