SOCIEDAD DE ACOPIADORES CORDOBA
REGISTRO DE LOS C - 1116 "B" o "C" ANTE LA AFIP
Res. Gral. Nº 2.596 - AFIP -
REQUISITO OBLIGATORIO PARA COMPENSAR
SERVICIO DE REGISTRO ACOPIADORES
La Sociedad de Acopiadores de Granos ofrece prestar el servicio de registración ante la AFIP por las operaciones primarias de granos (C- 1116 "B" o "C") para el cumplimiento de la Res. Gral. Nº 2.596 - AFIP -, reiterando los 7 días hábiles a tener en cuenta.