19/05/2020

Seguridad Social - Resolución General N° 4.719/2020

Síntesis:
La Administración Federal de Ingresos Públicos dispone el procedimiento para los contribuyentes que decidan darse de baja del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, respecto del beneficio del “salario complementario” oportunamente percibido por sus trabajadores dependientes.
 
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
 
Normas Relacionadas:
Decreto N° 332/2020 y sus modificatorios.
 

Descargar documentos

  • Seguridad Social - Resolución General N° 4.719/2020 Descargar