Seguridad Social - Resolución General N° 4.265/2018
Síntesis: Se dispone que los empleadores comprendidos en el Sistema Integrado Previsional Argentino, que registren en el período devengado Julio de 2018 hasta dos mil trabajadores, inclusive, deberán confeccionar la declaración jurada determinativa y nominativa de sus obligaciones con destino a los subsistemas de la seguridad social, a través del sistema informático denominado “Declaración en línea”, disponible en el sitio “web” http://www.afip.gob.ar. Efectos Sobre el Acopio: De Interés General. Normas Relacionadas: Resolución General N° 3.960 y sus modificatorias.
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