Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes - Exclusión de pleno derecho - Resolución General Nº 3.328/2012
Síntesis: La Administración Federal de Ingresos Públicos establece que a partir del día 11 de Mayo de 2012 quedarán excluidos de pleno derecho del régimen simplificado los contribuyentes que adquieran bienes, realicen gastos de índole personal o registren depósitos bancarios por un importe igual o superior al monto de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual se encuentran encuadrados. Efectos Sobre el Acopio: De interés general. Normas Relacionadas: Ley Nº 24.977.
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Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes - Resolución General Nº 3.328/2012
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