RÉGIMEN DE PRODUCCIÓN DE BIOCOMBUSTIBLES Y BIOETANOL
BENEFICIOS IMPOSITIVOS
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.986/2010
-Administración Federal de Ingresos Públicos-
Se establecen los requisitos, plazos y demás condiciones que deberán cumplir los titulares de proyectos de producción de biocombustibles para gozar del beneficio impositivo de devolución anticipada del Impuesto al Valor Agregado, correspondiente a los bienes u obras de infraestructura incluidos en el proyecto de inversión en el marco de las Leyes Nº 26.093 y Nº 26.334.