RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
APORTES Y CONTRIBUCIONES CON DESTINO AL
FONDO SOLIDARIO DE REDISTRIBUCIÓN
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.558/2009
-Administración Federal de Ingresos Públicos
Teniendo en cuenta que a partir del 1º de Enero de 2009 se estableció, mediante el Decreto Nº 10/2009, el nuevo importe de la remuneración bruta mensual de referencia ($ 2.400) para la determinación de los aportes y contribuciones correspondientes al financiamiento del Fondo Solidario de Redistribución, se aprueba la Versión 31 del programa aplicativo que se utilizará para la determinación nominativa e ingreso de los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social.
En una primera etapa sólo será de aplicación para los empleadores que en forma obligatoria, o en su caso, de forma voluntaria utilicen el sistema "Su Declaración" aprobado por la Resolución General Nº 2.192 respecto del período devengado Enero 2009 y siguientes.
Para los restantes empleadores, que no presente la declaración jurada (F. 931) mediante el sistema "Su Declaración", se difiere la instrumentación de las disposiciones del Decreto Nº 10/2009 hasta tanto se apruebe una nueva versión del citado programa aplicativo.
A partir de la versión 31, el programa aplicativo utilizado para la determinación nominativa de los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social cambia su denominación de "Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones" a "Sistema de Cálculos de Obligaciones de la Seguridad Social" (SICOSS).