Síntesis:
Las obligaciones de presentación de la información establecida por los Títulos I y II de la Resolución General N° 4.298, sus modificatorias y su complementaria, correspondientes al período mensual Junio de 2025, podrán cumplirse, en sustitución de lo previsto en el inciso a) del artículo 4° y en el artículo 7° de dicha resolución general, hasta el último día hábil del mes de Agosto de 2025, inclusive.
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
Normas Relacionadas:
Ley N° 21.526. Resolución General N° 4.298, sus modificatorias y su complementaria.
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Procedimiento | Resolución General N° 5.735/2025
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