13/07/2016

Procedimiento fiscal. Ejecuciones fiscales - Disposición 220/2016

Síntesis: Pautas de gestión. Solicitud de quiebra. Incremento de montos. Incremento de honorarios mínimos de agentes fiscales y abogados patrocinantes.
La Administración Federal de Ingresos Públicos efectúa modificaciones en las pautas de gestión que deben ser tenidas en cuenta a los efectos de llevar a cabo las ejecuciones fiscales -dispuestas en el marco del art. 92 de la ley de procedimiento fiscal, Disp. (AFIP) 276/2008-.
Entre las principales adecuaciones destacamos que:
- Se incrementan los importes de los supuestos, a partir de los cuales los agentes fiscales pondrán en conocimiento de su jefatura inmediata la nómina de contribuyentes, respecto de los cuales proceda solicitar la quiebra.
- Se modifica de $ 20 a $ 200 el monto mínimo para la transferencia de los fondos embargados por las entidades financieras. Los agentes fiscales se encuentran eximidos de la obligación de solicitar al juez competente la transferencia de importes inferiores a dicho monto mínimo.
- Por último, se incrementan los honorarios mínimos de agentes fiscales y abogados patrocinantes.
Fuente: Errepar
Efectos Sobre el Acopio: De interés general.
Normas Relacionadas: Disposición N° 276/08 (AFIP) sus modificatorias y complementarias.

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