Operaciones Económicas entre Residentes en el País y quienes Actúen en Carácter de Representantes de Sujetos del Exterior - Resolución General Nº 3.364/2012
Síntesis: La Administración Federal de Ingresos Públicos dispone que los sujetos obligados por el régimen de información sobre operaciones económicas entre residentes en el país y quienes actúen en carácter de representantes de sujetos del exterior, deberán presentar la información por mes calendario, la cual deberá efectuarse hasta el último día del mes inmediato siguiente a aquel en el cual se realizaron las operaciones. En relación a los prestadores de servicios, establece que no estarán obligados a seguir presentando declaraciones juradas en los períodos siguientes cuando se verifiquen al menos cuatro presentaciones sucesivas con la novedad “sin movimiento”.
También por medio de la presente Resolución General se aprueban los nuevos programas aplicativos denominados “AFIP DGI - Representantes de Sujetos en el Exterior - Versión 2.0” y “AFIP DGI - Terceros Intervinientes - Versión 3.0”. Efectos Sobre el Acopio: De interés general. Normas Relacionadas: Resolución General Nº 3.285.
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Resolución General Nº 3.364/2012 - Régimen de Información
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