OBLIGACIONES FISCALES
GARANTIAS OTORGADAS EN SEGURIDAD DE OBLIGACIONES FISCALES
RESOLUCION GENERAL Nº 2.577/2009
-Administración Federal de Ingresos Públicos-
Se establecen modificaciones en relación con la constitución de garantías otorgadas en seguridad de obligaciones fiscales.
Se incluye como tipo de garantía para las operaciones y/o obligaciones aduaneras el depósito de dinero en plazo fijo en el Banco de la Nación Argentina.
Con relación a las garantías de los importadores y exportadores, se incluyen el depósito de dinero en plazo fijo en el Banco de la Nación Argentina, el aval de sociedad de garantía recíproca y el fondo común solidario.
Al respecto se establece el procedimiento para la presentación de las citadas garantías y los requisitos que deben cumplir las citadas entidades para poder otorgar las garantías.
También se aprueban nuevos formularios para efectuar las presentaciones de las garantías y se unifican en un mismo cuerpo normativo los importes mínimos de solvencia exigibles para la inscripción y permanencia en los registros de importadores/exportadores y agentes auxiliares de comercio y del servicio aduanero.