Moneda Extranjera - Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias - Resolución General Nº 3.356/2012
Síntesis: Se establece que, a los fines fiscales, las entidades autorizadas a operar en cambios por el Banco Central de la República Argentina deberán registrar, mediante el sistema informático establecido por la Resolución General Nº 3.210 y sus complementarias, el importe total en pesos de cada una de las operaciones cambiarias de compra o venta de moneda extranjera, que se detallan en la presente, en el momento en que las mismas se efectúen. Efectos Sobre el Acopio: De interés general. Normas Relacionadas: Resolución General Nº 3.210.
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Resolución General Nº 3.356/2012 - Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias
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