IMPUESTOS
PROCEDIMIENTO FISCAL
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.351/2007
-Administración Federal de Ingresos Públicos-
Se establece que deben ser informadas por los Escribanos de Registro, o quienes los sustituyan frente al régimen de información sobre préstamos con garantía hipotecaria y transferencias de dominio de bienes inmuebles -RG (AFIP) 781, Cap. II-, las siguientes nuevas operaciones:
-Escrituras traslativas de dominio de bienes inmuebles por un valor de hasta $ 80.000.
-Cancelación de derechos reales de hipoteca.
-Cesiones de créditos hipotecarios.
-Actos simultáneos.
En otro orden se establece, para las operaciones que se realicen a partir del día 1/1/2008, la obligación de informarlas en forma mensual -mediante transferencia electrónica de datos- utilizando el programa aplicativo "AFIP DGI - CITI ESCRIBANOS - Versión 3.0".
También se dispone que las presentaciones mensuales deberán ser realizadas hasta el último día hábil administrativo del mes inmediato siguiente a informar.
La información correspondiente al último trimestre de 2007 deberá ser suministrada mediante el programa aplicativo "AFIP DGI - CITI ESCRIBANOS - Versión 2.0", siempre que se presente hasta el día 11/2/2008, inclusive. Toda información que se presente con posterioridad deberá ser realizada con el programa aplicativo "AFIP DGI - CITI ESCRIBANOS - Versión 3.0".