17/04/2009

IMPUESTOS PRESENTACION DE DECLARACIONES JURADAS E INGRESO DE LOS SALDOS RESULTANTES RESOLUCION GENERAL Nº 2.593/2009 -Administración Federal de Ingresos Públicos-

La Administración Federal de Ingresos Públicos otorga un plazo especial hasta el día 31 de agosto de 2009, inclusive, para que los contribuyentes y responsables incididos por la exteriorización de divisas o bienes en el país, presenten las declaraciones juradas rectificativas del período fiscal 2008 y 2009 que pudieran corresponder, así como para el ingreso de las diferencias de impuesto o anticipos que surjan de las mismas, sin dejar de lado las presentaciones y pagos de las declaraciones juradas originales de acuerdo a las fechas fijadas en el cronograma pautado por la RG 2.530.

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  • 631-Az-BO-ResGral2593-Impuestos-17-04-09.pdf Descargar