05/07/2016

Impuesto sobre los Créditos y Débitos - Resolución General N° 3.900/2016

Síntesis: Por medio de la presente Resolución General se establece que aquellos sujetos que se encuentren exentos o alcanzados por la reducción de la alícuota en el Impuesto sobre los Débitos y Créditos en las transacciones financieras deberán inscribir las cuentas bancarias a las cuales se les debe aplicar el beneficio en el “Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias”, dentro de los Registros Especiales que integran el Sistema Registral.
Efectos Sobre el Acopio: De interés general.
Normas Relacionadas: Resolución General N° 2.111.

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