11/06/2009

IMPUESTO SOBRE LOS CRÉDITOS Y DÉBITOS EXENCIÓN RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.622/2009 -Administración Federal de Ingresos Públicos-

Se dispone que resulta aplicable el beneficio de exención del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias, a las cuentas cuyos titulares resulten sujetos exentos en virtud de convenios, tratados o acuerdos internacionales, suscriptos por la nación y aprobados por ley.

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