Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y sobre el Gasoil - Resolución General N° 3.723/2014
Síntesis: La Administración Federal de Ingresos Públicos como consecuencia del relevamiento de aspectos operativos relacionados con la acreditación del destino exento de los productos en las operaciones de transferencias de combustibles líquidos y de expendio para el transporte automotor de carga, incrementa el cupo de litros de gasoil para las estaciones de servicio ubicadas en la zona geográfica exenta del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos. Además se precisa el mecanismo para determinar e ingresar los gravámenes a cargo de los distribuidores y de las estaciones de servicio, así como los intereses y multas que pudieran corresponder, cuando no se verifiquen los requisitos para que una operación quede debidamente acreditada como exenta. Efectos Sobre el Acopio: De interés general. Normas Relacionadas: Leyes N° 23.966, N° 26.028, N° 26.181. Resolución General N° 3.044.
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