IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y A LAS GANANCIAS
FACTURACIÓN Y REGISTRACIÓN
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.499/2008
-Administración Federal de Ingresos Públicos-
Por medio de la presente Resolución General se incrementan los importes indicadores de solvencia patrimonial, requeridos para que el Fisco autorice a emitir facturas tipo "A" por primera vez a los contribuyentes.
Entre las principales modificaciones se destacan:
Se eleva a $ 305.000 el importe correspondiente a los bienes declarados en el impuesto sobre los bienes personales.
Con respecto a los sujetos que demuestren solvencia patrimonial únicamente mediante la titularidad de bienes inmuebles o automotores, se establece un importe de $ 150.000, conservándose el importe de $ 50.000 sólo en el caso de inmuebles adquiridos hasta el 19/10/2003, inclusive.
Los sujetos que no cumplan con los citados requisitos patrimoniales deberán emitir facturas tipo "M", quedando sujetos al régimen de retención de IVA y ganancias previsto en el Título III de la RG (AFIP) 1575, u optar por emitir facturas tipo "A" con la leyenda preimpresa "PAGO EN CBU INFORMADA", en cuyo caso las operaciones deberán ser canceladas mediante transferencia o depósito bancario.
Las modificaciones mencionadas resultan de aplicación desde el 1/11/2008, inclusive.