IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
USUARIOS DEL SERVICIO DE MOLIENDA DE TRIGO
PAGO A CUENTA
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.149/2006
-Administración Federal de Ingresos Públicos-
Se dispone que el importe del pago a cuenta se determinará multiplicando el sesenta % de los kilogramos de trigo que ingresan a planta en cada operación de molienda, por el importe de $ 0,020.
La citada reducción será aplicable para los retiros de harina que se efectúen desde el día 1/11/2006, aun cuando el servicio de molienda haya sido realizado con anterioridad.