Impuesto al Valor Agregado - Resolución General N° 3.925/2016
Síntesis: Se extiende hasta el 31de Diciembre de 2016 la alícuota del 1% para retener el Impuesto al Valor Agregado en las operaciones de comercialización de leche fluida sin procesar de ganado bovino (conforme lo establecido en la Resolución General N° 1.428, para operaciones realizadas con responsables inscriptos en el IVA que no presenten incumplimientos y/o irregularidades con motivo de la consulta que se realice al "Archivo de Información sobre Proveedores". Efectos Sobre el Acopio: De interés general. Normas Relacionadas: Resoluciones Generales N° 3.858 y N° 1.418.
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