07/09/2007

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO CRÉDITOS FISCALES RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.302/2007 -Administración Federal de Ingresos Públicos-

Se establecen los requisitos, plazos y condiciones que deberán cumplir los responsables, con el objeto de solicitar la acreditación contra otros impuestos o la devolución del saldo a favor originado entre el día 1/11/2000 y el día 31/12/2002 por la compra, construcción o importación de bienes de capital. A tal efecto se aprueba el programa aplicativo "AFIP DGI - Ley 25360 - SALDOS A FAVOR - Versión 1.0", para suministrar la información mediante transferencia electrónica de datos. Las presentes disposiciones resultan de aplicación a partir del día 1/11/2007 inclusive, y los sujetos que hayan solicitado la compensación de los créditos fiscales para cancelar deudas impositivas con anterioridad a la citada fecha, deberán adecuar las solicitudes efectuadas conforme al procedimiento que se aprueba en la presente disposición.

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  • 547-Az-BO-ResGral2302-ImpValorAgregado-07-09-07.pdf Descargar