01/04/2020

Impuesto a las Ganancias - Resolución General N° 4.689/2020

Síntesis:
Mediante la Resolución General N° 4.680 se sustituyó el Artículo 1° de la Resolución General N° 4.538, estableciendo que la información que debía suministrarse en orden a las disposiciones de la Resolución General N° 1.122, sus modificatorias y complementarias, respecto de los períodos fiscales cerrados entre el 31 de Diciembre de 2018 y el 31 de Julio de 2019, ambos inclusive, debía ser presentada entre los días 20 y 24 de Abril de 2020, ambos inclusive. Ahora, a través de la presente norma, se prorrogan nuevamente los vencimientos a que refieren las obligaciones aludidas, y se amplía el alcance de la prórroga, con la incorporación de los períodos fiscales cerrados hasta el 30 de Septiembre de 2019, inclusive.
 
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
 
Normas Relacionadas:
Resoluciones Generales N° 1.122, N° 4.538 y sus modificatorias.
 

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