Impuesto a las Ganancias - Resolución General N° 3.973/2016
Síntesis: Se dispone que los contribuyentes y responsables comprendidos en las disposiciones de la Resolución General N° 3.077 y sus complementarias, a los fines de la determinación del Impuesto a las Ganancias y la confección de la respectiva declaración jurada, deberán utilizar la versión 14 del programa aplicativo denominado “GANANCIAS PERSONAS JURÍDICAS”, que se encuentra disponible en el sitio “web” institucional http://www.afip.gob.ar. Efectos Sobre el Acopio: De interés general. Normas Relacionadas: Resolución General N° 3.077.
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