15/02/2007

IMPUESTO A LAS GANANCIAS REGISTRO DE ENTIDADES EXENTAS RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.204/2007 -Administración Federal de Ingresos Públicos-

Se establece por medio de la presente Resolución General que las entidades exentas en el impuesto a las ganancias, cuya solicitud de reconocimiento de exención se encuentre en trámite estarán alcanzadas con la alícuota del dos con cincuenta centésimos por mil en el impuesto sobre los Débitos y Créditos en las transacciones financieras. Los sujetos que se encuentren tramitando la renovación del certificado de exención deberán exhibir el F. 373, a los efectos de acreditar dicha situación.

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  • 518-Az-BO-ResGral2204-ImpalasGanancias-15-02-07.pdf Descargar