11/03/2011

IMPUESTO A LAS GANANCIAS COMERCIALIZACIÓN DE GRANOS RESOLUCIÓN GENERAL Nº 3.060/2011 -Administración Federal de Ingresos Públicos-

Por medio de la presente Resolución General se incrementa a 35% la alícuota aplicable en el régimen de retención del Impuesto a las Ganancias por operaciones de comercialización de granos no destinados a la siembra, cereales y oleaginosos, y legumbres secas, porotos, arvejas y lentejas, para el caso de sujetos que no acrediten su inscripción en el impuesto. Además se incorporan al presente régimen de retención los intermediarios que actúen a través de mercados de futuros y opciones. Se debe tener en cuenta que las disposiciones comentadas resultan de aplicación para las operaciones y los pagos que se efectúen a partir del 01/04/2011.

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  • 730-Az-BO-ResGral3060-Impuestos-11-03-11.pdf Descargar