15/01/2009

GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA ANTICIPOS PARA EJERCICIOS CON CIERRE ENTRE EL 31/12/2008 Y JULIO DE 2009 SE ESTABLECE EL PLAZO PARA SU INGRESO RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.532/09 - Administración Federal de Ingresos Públicos -

Con motivo de haberse prorrogado al 30/12/2009 la vigencia del impuesto a la ganancia mínima presunta -a través de la L. 26.426-, se establecen las fechas de vencimiento para el ingreso de los anticipos para los ejercicios con cierres entre el 31/12/2008 y julio de 2009 de acuerdo a cronograma. En aquellos casos en los que el anticipo haya sido ingresado con anterioridad al vencimiento que se establece y se hayan ingresado intereses, éstos últimos serán considerados de libre disponibilidad. Por último, destacamos que el ingreso de cada anticipo deberá ser realizado en forma individual por cada uno de ellos.

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  • 618-Az-BO-ResGral2532-Impuestos-15-01-09.pdf Descargar