Facturación y Registración - Procedimiento - Resolución General Nº 3.330/2012
Síntesis: Los contribuyentes obligados a emitir comprobantes de sus operaciones mediante la utilización de controladores fiscales, de acuerdo con el régimen establecido por la Resolución General N° 4.104 y sus modificatorias, no podrán emitir, por medio alguno, los documentos comúnmente conocidos como “comandas”, ya sea que se trate de operaciones de consumo en el establecimiento o que involucren el servicio de entrega a domicilio “delivery”. Los contribuyentes y responsables que incumplan lo establecido serán pasibles de las sanciones de multa y/o clausura, según corresponda, previstas en los Artículos Nº 39 y Nº 40 de la Ley N° 11.683. Efectos Sobre el Acopio: De interés general. Normas Relacionadas: Resoluciones Generales N° 4.104 y N° 259.
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