13/09/2012

Cómputo de los plazos respecto de la materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social - Feria Fiscal de Verano - Resolución General Nº 3.385/2012

Síntesis: La Administración Federal de Ingresos Públicos procede a modificar la Resolución General Nº 1.983, extendiendo a todo el mes de Enero de cada año el período en el cual no se computarán días hábiles administrativos respecto de los plazos procedimentales en el ámbito de la Administración Federal de Ingresos Públicos. Recordamos que mediante la mencionada Resolución General se estableció que durante determinados períodos del año, atendiendo a las ferias dispuestas por el Poder Judicial de la Nación, no se computen los plazos previstos en los distintos procedimientos vigentes ante este organismo, vinculados con la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a su cargo.
Efectos Sobre el Acopio: De interés general.
Normas Relacionadas: Resolución General Nº 1.983.

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