COMERCIO EXTERIOR
CONTRATOS ASOCIATIVOS
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.551/2009
-Administración Federal de Ingresos Públicos-
A fin de operar como importadores y exportadores, los fideicomisos regidos por la Ley Nº 24.441 y sus modificaciones, las uniones transitorias de empresas, los consorcios de cooperación y demás contratos asociativos no societarios, deberán observar los requisitos y condiciones que se establecen en la presente, así como las disposiciones vigentes para la inscripción y permanencia en el registro especial en materia de importadores/exportadores.