COMERCIO DE GRANOS
PADRON DE PRODUCTORES DE GRANOS MONOTRIBUTISTAS
RESOLUCION GENERAL Nº 2.579/2009
-Administración Federal de Ingresos Públicos-
Por medio de la Resolución General Nº 2.556 (AFIP), Resolución Nº 1.173 (ONCCA) y Disposición Nº 3/09 (SSTA), se estableció que los productores Monotributistas a partir del día 1º de Marzo de 2009, para obtener la autorización de la solicitud de emisión de cartas de porte, deben encontrarse incluidos a la fecha de efectuar la solicitud, en el Padrón de Productores de Granos Monotributistas. Ahora mediante la presente Resolución se dispone que se considerarán incluidos hasta el día 31 de agosto de 2009, inclusive, en el "Padrón de Productores de Granos Monotributistas", aquellos responsables sobre los que se encuentre pendiente de Resolución su inclusión.